miércoles, 15 de mayo de 2013

Se creará un registro de aplicadores de agroquímicos en General Pueyrredon

 


 El Municipio deberá dictar cursos de capacitación gratuitos y entregará carnet habilitante. Entre el miércoles y jueves habrá un nuevo encuentro de comisión para abordar la temática junto a funcionarios de Planeamiento Urbano

A partir de un nuevo agregado al articulado de la iniciativa para regular el uso de agroquímicos en Mar del Plata, se estableció la creación de un Registro de Aplicadores de esta sustancia, a fin de que las personas encargadas de realizar este tipo de tareas cuenten con un carnet que acredite habilitación. Los mismos serán expedidos por el Municipio, ámbito desde donde se deberán dictar cursos de capacitación gratuitos.

El texto fue incorporado durante la última reunión de comisión de Promoción y Desarrollo, donde se acordó mantener un nuevo encuentro entre el miércoles y jueves –iba a realizarse este martes, pero el Concejo Deliberante estará cerrado por el paro de municipales- para recibir a autoridades de la Secretaría de Planeamiento Urbano y abordar el tema de zonificación en el marco de la nueva legislación. Por este motivo, el expediente no fue votado, pero se estima que conseguirá llegar al recinto la semana entrante con dictamen de comisión.

El Registro en cuestión servirá a los fines de regular a quienes estén habilitados y capacitados para manipular agroquímicos, además de contener administrativa y formalmente a quienes realizarán la aplicación de estas sustancias, a partir de fijar qué requisitos deberán cumplimentar, qué tipo de conocimientos y formación deben tener, además de los pasos a seguir para inscribirse en la nómina y obtener el carnet habilitante.

Por otra parte, quienes también tendrán que gestionar una licencia habilitante serán los conductores de las máquinas pulverizadoras para circular por la zona urbana, siempre que cumplan con lo dispuesto por la legislación provincial vigente.

En comisión de Promoción se añadió también una modificación al artículo 21, que versa sobre la aplicación de agroquímicos en la franja transicional periurbana de mil metros. Si bien se trata de tres simples palabras, tienen un carácter más que significativo, ya que además de permitirse el uso de agroquímicos Banda IV, ahora se incorporó la frase “u otro producto”, por lo que el apartado se flexibiliza aún más para la actividad de los productores.

Por otra parte, en el punto vinculado a las disposiciones generales y la potestad del Municipio, se estableció que el personal comunal afectado a la fiscalización deberá contar con el título profesional de ingeniero agrónomo. Serán los encargados de realizar tareas de fiscalización, control, toma de muestras y decomiso de productos, quienes tendrán libre acceso a todos los lugares donde se desarrolle el uso de agroquímicos.

Una vez que el expediente tenga despacho de la comisión de Promoción –entre el miércoles y el jueves-, será evaluado por Legislación y luego por Hacienda. Esto podría acontecer en el transcurso de esta misma semana o principios de la próxima –a más tardar-, lo que posibilitará que el proyecto de ordenanza tenga los avales necesarios para su evaluación y sanción en la sesión ordinaria a desarrollarse el jueves 23 de este mes, a pocos días del vencimiento de la prórroga de la norma de transición.

SANCIONES EN DETALLE

Tal como publicó El Atlántico en ediciones anteriores, el capítulo vinculado a las multas fue modificado en la comisión de Medio Ambiente, para fijar diferentes tipos de sanciones.

Así, los infractores podrán ser sancionados con apercibimiento, decomiso, clausura o multa. El apercibimiento se aplicará en una única oportunidad –primera infracción- y siempre que la falta no implique un “riesgo significativo”.

El decomiso, en tanto, comprenderá la mercadería y totalidad de los productos químicos de uso agropecuario utilizados para las aplicaciones, así como los envases de los mismos. En caso de que se ordene la destrucción de los elementos, los costos correrán por cuenta del infractor.

De acuerdo a las modificaciones introducidas, las multas tendrán un carácter gradual que irán de 5 a 20 sueldos básicos, y de 15 a 45, ante la reincidencia. Vale recordar que el texto original establecía un piso de 30 sueldos básicos municipales ante cualquier infracción.

Se indicó, además, que las sucesivas reincidencias serán multadas incrementando la última sanción aplicada en un 25 por ciento.

En otro orden, un nuevo artículo establece que al momento de determinar las sanciones, el Juzgado de Faltas deberá tener en cuenta los antecedentes del responsable de la infracción; el grado de toxicidad de los productos utilizados; los riesgos sanitarios y/o ecológicos resultantes de la infracción y el tamaño de la unidad económico-productiva. 

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