martes, 13 de agosto de 2013

“La ley de mercado de capitales es inconstitucional”

El doctor Juan Pedro Merbilhaa analiza las posibles consecuencias de esta norma que finalmente fue reglamentada esta semana por la presidente Cristina Kirchner.


La presidente Cristina Kirchner anunció la reglamentación de la ley de mercado de capitales, la cual abre la posibilidad que la CNV intervenga empresas por pedido de accionistas minoritarios. Esto constituye una violación a la Constitución para el doctor Juan Pedro Merbilhaa, quien afirma que tanto la ley, como el decreto e incluso la tenencia de acciones de empresas por parte del Estado son contrarias a la Carta Magna.
“En primer lugar, esto ratifica lo que siempre hemos dicho: que este es un gobierno con un sentido totalitario, con la intervención del Estado como herramienta principal para todo. La segunda cosa es que otra vez producen una norma, en este caso un decreto, que vuelve a ser ilegitimo, porque en la ley original no estaba prevista la designación de un interventor sin autorización judicial”, fue su primer análisis de la normativa.

Con el decreto, interpreta el jurista, intentan modificar lo dispuesto por la propia ley, por lo que la norma es inconstitucional para Meebilhaa.

Pero además, continuó, “la norma principal es un disparate, porque en verdad no puede nunca ningún ente intervenir de esa manera en una empresa privada sin intervención judicial. Ya la ley permitía tomar la decisión, sino el solo hecho de tomar la decisión es inconstitucional”.

Para Merbilhaa, “esto tiene que ver con las empresas en las cuales el Estado se ha quedado con algún paquete accionario. Como son minoritarios, a los que apuntan es a aquellas empresas donde tienen acciones para poder intervenir y quedarse con el manejo de las mismas”. Por si fuera poco, insistió: “No se olviden que esas tenencias también son ilegítimas, porque vienen de la estatización de la AFJP, que no eran titulares legítimas a cuenta propia de las acciones sino que las compraban como inversiones de fondos de la jubilación. Si se interrumpe a mitad de camino, el administrador no queda como titular de lo que compró sino que el verdadero titular es que le mandó a hacerlo, que son los jubilados”.

“Las acciones que obtuvo el Estado de la estatización de las AFJP son de origen mal habidas y además le agregan un poder fenomenal para manotear esas empresa”, resumió.

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