domingo, 25 de agosto de 2013

Presentación del Plan Lechero Cordobés para la Región Centro

En Córdona presentaron el Plan ante el Ministro de Agricultura, Ganadería y Alimentos de la Provincia de Córdoba, CPN Néstor A. Scalerandi, representantes de las instituciones que integran la Comisión de Enlace de Entidades Agropecuarias Regional Córdoba.

PLAN LECHERO CORDOBES para la REGION CENTRO  
I – Introducción.
II – Objetivos.
III - Planes de acción:
  1- Promoción de la formalización de la relación comercial industria – producción.
·         Definición de una leche estándar provincial (En base a sólidos componentes) como objeto de transacción entre industria y producción.
·         Generación de un precio de referencia de la leche estándar para ajuste de las transacciones entre industriales y productores.
·         Formalización de la transacción por medio de un acuerdo lácteo celebrado entre las partes.
·         Empleo de Entidades existentes o a crear que actuarán como instancia pre- judicial para dirimir diferendos y lugar de registro de contratos.
  2- Diferenciación de productos lácteos (En especial para empresas pymes).
  3- Acciones para dotar de capacidad de exportación a las empresas que hoy no la tienen y la posibilidad de ampliarla para aquellas que hoy están con capacidad colmada.
I - INTRODUCCIÓN:
            La Provincia de Córdoba es, históricamente, una de las primeras productoras de leche de la Argentina; junto con Santa Fe y Buenos Aires representan el 95 % del total de la producción nacional.
            En el año 2011 la producción alcanzó los 3.500 millones de litros, con un total de 3.500 explotaciones lecheras distribuidas en todo el territorio provincial que dan trabajo a más de  10.000 familias.
            A su vez, comparativamente, en la Provincia está instalada la mayor cantidad de industrias lácteas (390 empresas procesadoras de la materia prima de esos tambos). Si bien se encuentran entre ellas muy importantes empresas, la Provincia no lidera las exportaciones a nivel nacional, lo que pone de manifiesto la necesidad de ampliar su capacidad exportadora.
            Estas empresas dan trabajo a más de 6.000 personas.            
  La Argentina ha ingresado a los mercados internacionales como exportadora en condiciones de competir con países que desde hace tiempo manejan el mercado internacional de lácteos.
            Mantener esa tendencia demanda articular medidas para consolidar esa presencia en los mercados con productos tradicionales (Commodities) y con productos con agregado de valor.
          A pesar del peso que tiene la cadena de valor láctea en la Provincia en cuanto a la generación de empleos de calidad, arraigo territorial, agregado de valor en zona, desarrollo de servicios de soporte a la actividad lechera, es poco o NADA lo que se ha articulado desde el Gobierno Provincial para mejorar la performance del sector en lo que hace a coordinación, planificación, desarrollo y desenvolvimiento de la cadena.
  Por todo lo expuesto, las instituciones que integran la Comisión de Enlace de Entidades Agropecuarias Regional Córdoba, acompañadas de otras Entidades de distintas provincias lecheras (CARSFE, PLASSACO, FECET, CAPROLER) que esperan que Córdoba asuma un protagonismo que sirva de ejemplo a seguir, en especial las que conforman la Región Centro, hacen llegar al Gobierno Provincial las ideas que se plasman en este documento, las que se ofrecen como una simple guía de acciones, para ser discutidas y consensuadas, con el propósito de ser llevadas adelante o reemplazadas por mejores ideas que logren igual objetivo.
II - OBJETIVOS:
            El principal objetivo del plan lechero CORDOBES para la Region centro consiste en plasmar, concretamente, políticas sectoriales que fortalezcan al sector.
            Este fortalecimiento significa no sólo delinear políticas que propendan a su crecimiento sino, también, accionar a fin de mantener y sumar fuentes laborales que se desarrollan a partir de la sola existencia de la actividad, lo que implica el desarrollo económico local, provincial y regional.
III - PLANES DE ACCIÓN:
  1-Promoción de la formalización de la relación comercial industria – producción.
·         Definición de una leche estándar provincial (En base a sólidos componentes) como objeto de transacción entre industria y producción
El estándar se puede tomar de las recomendaciones del Plan Piloto Nacional.
    La reglamentación a nivel nacional de la obligatoriedad de liquidar la materia prima a través de la Liquidación Única Mensual Obligatoria y Universal (LUMOU) permite la implementación de esta medida, ya que todas las usinas están obligadas a expresar la composición de la leche comprada y su calidad higiénico-sanitaria.
La Ley Nacional Nº 22.802 de lealtad comercial establece la obligatoriedad de determinar la calidad del producto y la exhibición o publicidad del precio (Artículo 1º, primer párrafo, inciso c); Artículo 1º, segundo párrafo y Artículo 12º, inciso i), teniendo facultades para ejercer el control y su vigilancia. Le da herramientas suficientes a la Provincia para llevar adelante esta acción.
·         Generación de un precio de referencia de la leche estándar para ajuste de las transacciones entre industriales y productores.
Definida la leche estándar es posible, también por aplicación de la Ley Nacional N° 22.802, que se releve el precio pagado por cada una de las usinas que operan en la Provincia para conformar un precio ponderado que genere el precio de referencia para la leche estándar, el que se podría informar a los 15 días del mes cerrado.
Este valor se haría público a través de la página web de la Provincia, al igual que las condiciones higiénico-sanitarias que fija cada usina para sus remitentes y el valor del kg. de grasa y proteína que definan.
·         Formalización de la transacción por medio de un acuerdo lácteo celebrado entre las partes.
La transacción de leche entre proveedor y comprador se realiza bajo la forma de un contrato de compra-venta oral no formalizado.
La no formalización de este contrato y el consentimiento oral con que se opera generan la imposibilidad de arbitraje - en caso de controversia entre las partes - como así también dificultades para comprobar si se cumplen los atributos de la transacción consagrados en el Artículo 1326 del Capítulo III - Contrato de Compra-venta del Código Civil de la República Argentina.
Para resolver los conflictos es necesario que la parte compradora y la parte vendedora formalicen, por escrito, un documento llamado  “Acuerdo Lácteo”.
Deberá incluir:
El estándar: De composición en grasa y proteína de la leche y los atributos higiénico- sanitarios, especificando su magnitud, base sobre los cuales se aplican bonificaciones y castigos.
La condición de pago: Fechas y plazos.
El Laboratorio al que las partes se comprometen a tomar su determinación como definitiva en caso de controversias con los análisis que la industria determinó sobre la materia prima comprada.   
En forma opcional, la determinación del precio cierto.
Los acuerdos lácteos deben poder ser arbitrados en caso de controversia, para esto se propone utilizar a las Entidades existentes o a formar al efecto.
Esta Institución, que funcionaría como una cámara arbitral, puede conducir otras acciones de transparentamiento de la relación industria / productor, como es la de hacerse cargo del muestreo de la leche para la determinación del precio a pagar de acuerdo al estándar fijado.
 2- Diferenciación de productos lácteos (En especial para empresas pymes).
Las pequeñas y medianas empresas procesadoras de leche enfrentan dos situaciones que deben resolver para mantener la cadena láctea en crecimiento, con inclusión de los actores actuales.
 - Adquirir capacidad de diferenciación.
 - Adquirir capacidad de exportación.
- Adquirir capacidad de diferenciación.
En general, las pymes lácteas se desenvuelven en el mercado doméstico ofertando productos genéricos, compitiendo en volumen y precio.
La posibilidad de que las pymes, en especial, generen - con las mismas instalaciones que poseen - productos diferenciados, aumentaría la competitividad de las mismas, consolidando la cadena en las regiones que estas empresas operan.
La diferenciación de productos, tiene una oportunidad en la producción de lácteos funcionales, estos son productos lácteos elaborados con leche natural de vaca que han sido alimentadas con dietas especialmente formuladas que logran por resultado leches con propiedades saludables, estas leches así obtenida en el ordeño diario de las vacas, procesada industrialmente generan productos (quesos, yogurt, leche fluida y en polvo,) con las mismas características saludables de las leche que los originó.
·            Se propone que el Ministerio de Agricultura, Ganadería y Alimentos sea el órgano provincial convocante y se convierta en el nodo coordinador de las acciones que deberán llevarse a cabo para poner a disposición de los interesados los protocolos de producción de leches y productos funcionales.
  3 - Acciones para dotar de capacidad de exportación a las empresas que hoy no la tienen y la posibilidad de ampliarla para aquellas que hoy están con capacidad colmada.

Argentina produce 11.000 millones de litros anuales de leche, de los cuales 8.500 millones abastecen sobradamente el mercado interno y 3.500 millones deben ir a exportación, aportando un 6% al mercado mundial de lácteos (Principalmente leche en polvo). Analizada esta participación, se comprueba que se debe al compromiso exportador de no más de 10 empresas de las 1200 registradas en el país.
En una lechería en crecimiento, el volumen de leche con destino al mercado externo será cada vez mayor. Para competir en el mercado internacional, los productos de exportación deberán ser logrados a costos internacionales, lo que requiere de plantas de gran porte (Capacidad de procesamiento de más de 1 millón de litros / día) con una demanda de inversión muy difícil de enfrentar individualmente.
Para un crecimiento del sector lechero con inclusión se hace necesario que más empresas dispongan de productos exportables, por lo que se plantea una nueva forma asociativa entre industriales y productores para el logro de este objetivo.
Se propone que el Ministerio de Agricultura, Ganadería y Alimentos de Córdoba se ofrezca como Fiduciaria de la construcción de una planta secadora para la producción de leche en polvo, con una participación - en partes iguales - de productores e industriales lecheros.
Esta planta brindará el servicio de secado a sus socios accionistas, pudiendo éstos utilizar su cupo o cederlo en alquiler.
Los socios accionistas tendrán el derecho pero no la obligación de utilizar su cupo. La planta se mantendrá operativa por el canon que cada socio accionista debe pagar a la fábrica en proporción al cupo tomado. Esta usina no comprará leche, procesará leche que los accionistas traen a industrializar, ésta puede ser propia, comprada o cedida a terceros.
La atomización del monto de la inversión entre industriales y productores hace de posible financiamiento este emprendimiento.
La participación de la industria asegura un volumen operativo cotidiano; la capacidad tomada por la producción actúa de buffer:
- Permite darle escala al emprendimiento desde un inicio.
- Funciona como reserva de capacidad industrial que asegura crecimiento.
El Ministerio de Agricultura, Ganadería y Alimentos asumirá, para este emprendimiento, las funciones de presentación, explicación y auspicio ante el sector lácteo cordobés, de llevarlo adelante al concretarse la suscripción de acciones por parte de industriales y productores y de ser el fiduciario del fideicomiso, que finalizará con la entrega de la planta en condiciones operativas a los socios.
·         1ºEtapa.
Preparación y presentación de la propuesta integral, comprendiendo:
- Anteproyecto técnico de la Planta.
- Plan de negocios.
- Planteo de la estructura societaria y su funcionamiento.   
- Convocatoria de socios e integración societaria.
Lograda la aprobación de la primera Etapa por parte del Ministerio de Agricultura, Ganadería y Alimentos, se continuará con la ejecución del Plan.
·      2º Etapa.
- Realización del proyecto técnico de la planta, diseño, ubicación, etapas constructivas, presupuesto de servicios y maquinarias, pre-contrataciones.
- Plan de negocios a 10 años.
- Integración legal de la sociedad, redacción de estatutos, integración de acciones.
- Convocatoria a la suscripción de acciones por parte de industriales y productores.
- Composición del fondo fiduciario que administrará hasta la puesta en marcha del emprendimiento.

No hay comentarios:

Publicar un comentario

Nota: solo los miembros de este blog pueden publicar comentarios.